miércoles, 24 de noviembre de 2010

Pueblo mío


por:  Jinre
La Merced, Perú.
11.NOV.2009


En San Luis de Shuaro, Paucartambo, Mezapata, Villa Rica, San Miguel de Eneña, en Kakazù, camino a Puerto Bermudez... 

en el Valle del Perené... 

con tus casas aferradas a la vida, con tu vida simplemente, con la grandeza de tu existir...

los sueños con días propios, alumbrados, oscurecidos, nublados, de aguacero que da vida, pero nuestros, nuestros...

ahí mismo,

los hermanos de cada siembra dibujan la esperanza en sus rostros, en su trabajo, en su piel,

en sus manos con olor a barro por sacarle patria a la madre tierra...
como en los ojos de mi hijo... mientras un Jilguero les canta desde un árbol…

como nunca,
el corazón, la piel, las convicciones se hermanan al verde impregnado en los cielos que abrazan nuestras respiraciones, nuestras esperanzas... 

estos días siento aprendí más... siento, sé menos...

pero aquí estoy,

me empeño en tus cumbres, en tus pendientes

y en todos ellos te encuentro, rojo de trabajo, de sonrisa abierta, de llanto...

pueblo mío...

Vigencia cultural de un cantor popular: El Jilguero del Huascarán


Ponencia realizada en el conversatorio: "Vigencia Cultural de un Cantor Popular: El Jilguero del Huascarán" , realizada en la Biblioteca Nacional del Perú el 23.NOV.2010.

Por: Jinre.

En primer término, deseo expresar mi gratitud por esta invitación y la confianza a nuestra persona que la misma encierra. Agradecer la oportunidad de estar presentes esta noche para hablar de un personaje, de un Artista entrañable,  compañero constante, e intermitente en otras, dentro de la vida que a uno le ha tocado transcurrir desde muy niño, y que estoy seguro como yo, a miles de personas quienes nos hemos  sentido identificados y tocados por el trabajo artístico de  “El Jilguero del Huascarán”. 
Por ello, deseo agradecer de corazón a July Sánchez, así como a toda la familia Sánchez Fuentes por permitirnos este acercamiento a  la obra de Ernesto Sánchez Fajardo.

Cuando recibimos la generosa invitación para hablar sobre  la “Vigencia Cultural del Jilguero del Huascarán”, debo confesar con absoluta sinceridad que lo primero que se nos pasó por la cabeza, fue la duda respetuosa de saber si uno podía ser el más indicado para hablar de este icono de nuestra cultura popular peruana. Pensamos inmediatamente que con toda justicia deberían y podrían estar presentes en esta mesa, personas que han tenido no sólo la oportunidad de conocer personalmente a don Ernesto Sánchez Fajardo, tanto en su trabajo artístico, así como en sus aspectos más personales y familiares, u otros, que podrían hablarnos con un mayor acercamiento de contemporaneidad desde la crónica periodística; todo esto, felizmente aún es posible gracias a que son muchas las personas que hoy en día pueden brindarnos testimonio personales de lo señalado, como es caso de la familia Sánchez Fuentes – su esposa e hijas-, además de otros compañeros artistas y amigos.

Sin embargo, el primer sentimiento de duda respetuosa que tuvimos para asumir este encargo, fue casi inmediatamente despejado por una bella propuesta: July, nos expresó que con seguridad podrían seguir sumándose valiosos testimonios personales de quienes conocieron en vida al Jilguero del Huascarán, pero que en esta oportunidad, se abría la necesidad de contar con testimonios de personas que sin haberlo conocido en vida, lejos en el tiempo que le tocó vivir, pudiéramos  brindar un testimonio personal y hablar desde nuestra experiencia particular: cómo vemos y sentimos hoy en día a nuestro “Jilguero del Huascarán”. Tomar en cuenta nuestro modesto testimonio, junto al de Piero Bustos, Santiago Alfaro y Rafo Ráez, es algo que valoro en lo más hondo. Por ello, repito, agradezco la oportunidad de poder expresar esta noche nuestro sentir y reflexión.

Cómo empezar a hablar de Ernesto Sánchez Fajardo en los actuales épocas que nos toca vivir?

Cómo intentar dar un énfasis a su larga y variada forma de asumir la vida y ponerla en relieve en estos tiempos?

En suma, cómo expresar un sentir, respecto de todo un universo personal de su actuación y trabajo, sin caer en la   omisión de hechos que con seguridad suman a toda su integridad como artista, como ser social.

Debo decir, que fueron muchas las preguntas que nos asaltaron al reflexionar sobre la vida de Ernesto Sánchez Fajardo.

Pero precisamente, estas interrogantes me permitieron y ayudaron a reflexionar algunos aspectos que ahora deseo compartir, aspectos que desde niño y adolescente alimentaron mi reflexión y el camino en la música, sobre su persona.

Desearía compartir con ustedes una vivencia de carácter personal en ese sentido.

Lo primero que recuerdo como inicial información sobre el Jilguero del Huascarán, se remonta a un hecho anecdótico que fue reiterado en mi niñez:  mi hermano mayor, de quien recuerdo gustaba mucho de las Baladas en Español y de las cumbias de los grupos de moda por los finales de la década del 70 y comienzos del 80, solía entrar cantando a la casa desde la puerta de la calle, una canción llena de coplas pícaras en letra y de ritmo alegre; dicha canción después lograría identificar como “Carrito del Gobierno”.

Recuerdo que la primera reflexión que me causó fue: ¿cómo era posible que mi hermano que nunca cantaba huaynos, y que ahora debo decirlo, se encontraba muy lejos de cultivarlo, se vio tentado y movido de pronto a aprender la letra y melodía de  una canción como la mencionada.?

Mi sorpresa fue grande, cuando buscando entre los discos que la familia tenía y que se solían reproducir en aquellos tocadiscos que tenían forma de maletín pequeño, logré identificar al huayno que mi hermano cantaba. Al escucharlo, las ganas se multiplicaron y comencé a buscar y escuchar más canciones de quien en ese momento ya se me presentaba con nombre propio: “El Jilguero del Huascarán”. Aquellas horas de audición constante de estos discos, fueron el primer momento de intimidad, acercamiento y por ende, de inicial conocimiento de su trabajo musical.

Debo decir, iniciando esta exposición, con total respeto y admiración, que tiempo después  reconocí como una especie de revelación, y que ahora deseo resaltar, que aquella primera experiencia auditiva fue una mezcla de muchos sentimientos, a partir un conjunto de bondades que me atrajeron y alimentaron mi gusto por este artista que comenzaba a abrirse ante mis ojos, - y desde el luego – ante mis oídos.

El timbre de voz distinguido, con un brillo particular, viril e inconfundible entre otras voces. Asimismo, la recreación auditiva que me generaba la conformación de los diferentes instrumentos con los que solía realizar sus grabaciones, los colores que pintaban en la imaginación el sonido de las voces femeninas, y mixtas en otros casos, de los coros que acompañaban sus chuscadas y huaynos de esencia tradicional. Tiempo después, quedar aun más cautivado por los cambios en los formatos de acompañamiento de sus canciones, a saber, pasar de su modo interpretativo personal realizado con Guitarra en mano, la misma que llevaba la línea melódica de la canción, con la consiguiente afinación o temples tradicionales de la cuerdas que le impriman un carácter poderoso y de personalidad artística regional inconfundible; luego, pasar a escuchar también su trabajo en otras conformaciones de orquestación, tipo estudiantina: con Violines, Guitarras, Mandolinas, Quenas, Acordeón, Etc. las que eran acompañadas por las inconfundibles palmas que repiqueteaban las fugas sumando alegría sin igual…  después,  y con mayor sorpresa aún, identificar su canto acompañado por las tradicionales  “Roncadoras” (Pincuyo y Caja)…y ese “Te - tumbo – te tumbo-…”  de su hondo percutir que llegaba a estremecer desde el estómago hasta el pecho.  Y cómo olvidar la virtud de llevar la algarabía y colorido de las plazas pueblerinas, de la fiesta costumbrista celebrada en las  callecitas inclinadas, al surco de un disco cuando se hacía acompañar por las Bandas de Metales a ritmo de trompetas, bajos, redoblantes y bombos, en otros tantos huaynos y chuscadas.

Identificar toda esta rica variedad de expresiones en el trabajo de Ernesto Sánchez Fajardo, fue sin duda alimento insoslayable para reflexionar desde hace muchos años atrás sobre la trascendental obra de este artista nuestro.

Puedo decir hoy en día, con seguridad, que el canto y forma de asumir su trabajo artístico, con una energía y colorido musical singular que denota esfuerzo y trabajo, se constituyeron en un conjunto de bondades, que en lo personal, me resultaron difíciles de ignorar, y ahora debo decirlo, incluso para quienes como mi hermano mayor, estaban lejos de acercarse a un huayno de esencia tradicional.

¿ Por qué me permito expresar estas reflexiones.?. Pues porque desde mi sentir y experiencia, llego a la conclusión que ningún otro artista de origen andino como el Jilguero del Huascarán ha realizado su trabajo con tanta variedad de expresiones, apelando a los diferentes formatos de acompañamiento musical como los realizados en sus grabaciones, los mismos que hasta el día de hoy nos brindan una recreación auditiva que identifico como una permanente invitación (aun desde un estado inconsciente)  a multiplicar y enriquecer nuestra capacidad perceptiva y con ella nuestra sensibilidad, a alimentar nuestra información a partir de los sentidos e incluso la imaginación, a identificar a plenitud lo que una vez se llamó: “los colores de la música” que pueden caracterizar el repertorio de una región determinada.

Estas bondades que ahora me permito señalar y describir en alguna medida, sólo pudieron ser realizadas por un ser de espíritu inquieto, con especial dedicación y celo por su trabajo, y en virtud a su legado musical, por una persona poseedora de una gran amplitud, esa que caracterizó sus concepciones estéticas para asumir la vida y en especial el trabajo musical dedicado a su tierra, al Perú. Identifico en el Jilguero del Huascarán un carácter innovador, pero a su vez, con un irrenunciable amor por su pueblo, por su patria, por sus paisanos, los que se convirtieron en motor constante de su inspiración.

Pero además, y más allá de su  labor como músico, cantante y compositor, identifico en el Jilguero del Huascarán de manera relevante al ser social, al que supo entender que la condición de asumirse como ARTISTA (con mayúsculas) no tiene por qué estar desligada (y tal vez no tiene porque estarlo nunca) de su condición de hombre, de ciudadano, de persona que vive y habita en una sociedad determinada, sin pasar por alto fenómenos económicos y políticos, conflictos, urgencias, necesidades, exclusiones, marginaciones, sentimientos de indignación, afectaciones a la dignidad humana, con justas denuncias que revelar, hechos que considero en lo personal el Jilguero del Huascarán los hizo suyos, pero, sin renunciar –es lo que siento - a la esperanza por mejores tiempos…, de él recordamos siempre aquella frase que se eleva como una especie de himno de fe con la cual  termina una de sus canciones de compromiso: “Arriba, Arriba, patria querida y los peruanos de corazón, no permitamos la mala vida, la mala vida de la nación”.

Es en estos rasgos del hombre, de aquel que poco a poco supo ganarse la admiración y aprecio de miles de personas llevando el canto de su pueblo como arma de trabajo, que ahora deseo reflexionar.

Hablar de la Vigencia del Jilguero del Huascarán en estos tiempos, es hablar, tal vez, sin habérnoslo propuesto, de una invitación a la reflexión, y en alguna medida, una invitación a reformular los conceptos del llamado “sentido común”, a repensar la pregunta una vez más para decirnos a nosotros mismos: ¿Cuánta falta nos hace hoy en día contar no sólo con cantantes y compositores que convoquen a miles de personas, o que llenen plazas y locales semana a semana, sino, y por sobretodo, -contar- con personas, Seres Humanos, que puedan abrazar junto a su trabajo musical, la necesidad de mirar a la patria, a sus habitantes de vida sencilla y sentir con elevada emoción la alegría de cantarle a sus paisanos?. ¿Cuánta falta nos hacen aquellos que asuman con su canto las necesidades y urgencias de sus compatriotas, sus alegrías, sus inocencias cotidianas, la picardía traviesa de su idiosincrasia, y junto a todo lo mencionado, asumir a voz en cuello, las denuncias que surgen de una sociedad agrietada por gruesas diferencias sociales?, y todo esto, cantándole a los suyos,  sin traicionar sus ritmos y cadencias que habitan en la memoria colectiva y cultural que caracterizan a cada uno de nuestros pueblos.

En los últimos tiempos, hemos asistido a fenómenos de uniformización y producción en serie de expresiones estéticas que amalgamadas con el negocio de la venta de cerveza –hay que decirlo-  vienen dando como resultado la producción de formas musicales acompañadas de letras en su mayoría “autodesangrantes” y con sobreestimaciones al consumo del  alcohol, en suma: propuestas que considero insustancialmente colectivas en casi la totalidad de los casos, de rítmica y arreglos pobres que no exhiben o distinguen características y estilos regionales  (la cantante de Cajamarca, la de Huanuco, la de Cuzco, Etc. todas ellas quieren tocar y cantar igual, bajo los mismos patrones rítmicos y formatos porque es lo que asegura el éxito comercial encadenado al mediatismo existente),  expresiones que considero además han limitado, exaltado y justificado su éxito en las grandes cifras monetarias que arrojan semana a semana sus presentaciones. Fenómenos que, sin duda alguna, se han constituido en un éxito comercial impresionante de elevada rentabilidad sin precedentes en la historia nuestra. Y por otro lado, contamos también en escena con la presencia de jóvenes músicos de origen serrano o andino –en muchos casos poseedores de un gran talento y virtuosismo-  quienes como sello común, incorporan a sus presentaciones posturas y ademanes interpretativos foráneos, como deslizando la idea que mientras menos te parezcas a los tuyos, estarás en el camino del éxito, aunque esto no siempre sea cierto.

Los últimos tiempos a los que asistimos, caracterizan a una época en que oficialmente se exalta y elogia como virtud el “éxito individual”. El concepto de “persona exitosa” y “Número 1”, se constituyen hoy día en los derroteros y nuevos paradigmas. Lamentablemente, en ese camino hemos visto cómo también se puede recurrir a todas las armas posibles (y hasta la conducta indigna) para alcanzar la tan ansiada denominación de “Número 1.”

En una mirada de orden mundial, el fenómeno de la Globalización con sus connotaciones económicas se convierte en el sustento teórico que da vida y alimenta esta realidad. No obstante las bondades que de estas épocas –de la llamada globalización- podemos  rescatar (como la multiplicación y velocidad de las comunicaciones y masificación del acceso a la información en todos los ámbitos del conocimiento), también esta ha traído consigo el  resquebrajamiento del respeto a las particularidades, a los rasgos distintivos, a la diversidad de expresiones y por ende al respeto y consideración que nos debe merecer el derecho a la cultura propia. Pareciera que los criterios de producción en serie y los estándares establecidos en los procesos industriales, pretenden ser trasladados para interpretar la variada y compleja realidad, vendiendo la idea de “poner precio” a todo cuanto existe y hacer vendible todo cuanto se encuentra a nuestro alrededor, agrediendo en este camino, por ejemplo, a las reservas y recursos naturales vitales para la subsistencia del hombre, pues todo finalmente, se mide en función de la maximización de las utilidades.

En ese camino, sin duda alguna se afecta  la realidad de países que como el nuestro se constituyen en fuente de una rica herencia cultural, tan diversa, como tan ignorada en la mayoría de los casos. El respeto a la diversidad, el derecho a una cultura propia, a educarse y formarse, disfrutar y acceder al goce estético de nuestras expresiones y fomento de estas, por lo menos, no sintoniza con estos modelos económicos que pretenden imponer sus postulados desde ciertas metrópolis como una verdad absoluta. Ejemplos de agresión e intolerancia existen por cientos en el mundo, desde la agresión de la gran Minera a la vida y el entorno natural, hasta el bombardeo de ciudades enteras por el “pecado” de sus poblaciones de asumir conceptos de vida  diferentes al del mundo occidental, y sin ir muy lejos, de creer que existen ciudadanos de “segunda categoría” o “perros del hortelano” en la selva, porque se oponen a que sus rios (que son sus carreteras), su entorno, en suma, sus espacios de vida, sean agredidos y privatizados con el tóxico humo de la modernidad que no consulta, que no considera al otro, que soberbia y prepotente pretenden enseñarnos a la fuerza lo que es el “desarrollo”.

Y entonces, acude nuevamente la pregunta y con ella la reflexión que mencionamos al inicio de esta exposición:

¿Cual es la vigencia cultural del Jilguero del Huascarán en estos tiempos que nos toca vivir?.  Creo con sinceridad que dicha vigencia se expresa en la necesidad que hoy en día sentimos de espíritus inquietos que en su quehacer cargado de ingenio nos recuerden como el Jilguero del Huascarán, que hay que mirar respetuosamente a nuestros pueblos; que hoy en día nos recuerden la necesidad de cantar con nuestra propia voz, de comprender la risa y llanto propios, esos que también nos sirven para revertir un dolor, una adversidad, o tal vez esa herida que nos causó el amor que se fue; que nos recuerden la rica variedad y colorido de nuestras expresiones musicales y no la sometan al criterio exclusivo y uniformizante del negocio interesado.

Siento que en estos tiempos en los que actuamos sin mirar al otro, nos hace falta alguien que masivamente nos recuerde aquella “rosa roja que en el pecho nos colgábamos en el día de la madres”, tradición bella que quién sabe por qué motivos dejamos en el olvido; alguien que nos devuelva la necesidad de saber que hay que cantarle a la patria, a los pueblos con nombre propio, a los precursores de nuestra peruanidad, a los héroes dignos de recordación. Creo que es necesario que en estos tiempos podamos tener trabajadores del arte que miren de frente a la patria, que no se cieguen por ser los “número 1”,   que su canto nunca renuncie a un mensaje que nos haga concientes de lo que vivimos, que nos enseñen que el cambio no significa deshacernos de todo lo anterior, sino asimilarlo, para aprender de él y avanzar con respeto por lo que fuimos y seremos. Nos hacen falta almas de artistas populares innovadores, inquietos, lúdicos si se quiere, que a su vez muestren respeto sincero, amor por nuestras expresiones. Cantores, cantoras que nunca dejen de sentir la necesidad de seguir estudiando, de ser mejores para volcar nuestro trabajo nuevamente al pueblo de donde se vino, hacer tangible lo que nuestro César Vallejo nos dijera, que “todo acto o voz genial viene el pueblo y va hacia  él”; espíritus que convoquen, que hablen con igual cariño y respeto de otros pueblos como el propio donde se nace; que sientan la necesidad de tomar militancia política o gremial para luchar por lo que se observó y aprendió cantando de pueblo en pueblo. Hoy necesitamos a quienes sientan el dolor del que sufre como si fuese propio, a quienes usan su propio trabajo como arma de combate para no perder nunca la esperanza por un mundo más justo y solidario, como considero lo hizo el Ernesto Sánchez Fajardo, “El Jilguero del Huascarán”.

“Ernesto Sánchez Fajardo, desde que tu infantil espíritu inquieto te ordenó desde lo más hondo salir a caminar por el mundo, de pueblo en pueblo, aún a costa de alejarte de Papá Emilio, una constante de enseñanzas  te prodigó la vida: desde tu trabajo en la explotación del caucho, o como ayudante en el mercado de frutas, o cantando y vendiendo los cancioneros que te permitían salvar el alimento del día, para pasar luego a trabajar más tarde en las grandes compañías de música como danzante y cantor y abrirte paso como artista sin dejar de  lado la necesidad de aprender más: pues te hiciste multiinstrumentista, sentiste que debías estudiar nuevas técnicas de canto y teoría musical, y  aún así, no abandonaste nunca ese perfil que permitía identificarte como cantor popular, título  que con orgullo llevabas como bandera.

Tus virtudes fueron las armas de tu alma que hicieron de ti un cantor querido, admirado, y hay que decirlo, consagrado a pulso y trabajo sin desmayo. Con seguridad hubieron en tu vida golpes en el camino, y hasta los desaciertos y errores, pero ellos, finalmente suman a lo que es tu integralidad como persona, porque finalmente y después de todo: somos Seres Humanos y nada humano, nos es ajeno.“

Siento que la voz del “Jilguero del Huascarán” cobra vigencia hoy en día por todo cuanto ahora hemos tratado de reflexionar, que laten con fuerza sus esperanzas y espíritu inquieto en cada hombre de buena voluntad, en cada grito de indignación, en cada paisano que no traiciona y se siente orgulloso de su tierra, en cada artista que viste con orgullo los colores de su tradición.

Siento que en esto tiempos sigue vigente su ejemplo de artista popular que admiraba y respetaba la multiculturalidad del Perú, esa que hoy se pretende agredir. Siguen vigentes sus versos de amor, por el amor que no pudo ser y por los seres que nunca olvidaste. Siento que está presente en ese poncho y sombrero que nos evoca la lucha justiciera de Luis Pardo. Siento que sigue vivo su silbido melódico, travieso y atrevido en quienes seguimos escuchándolo y recordamos con cariño, respeto y admiración, como con seguridad te recuerdan con amor la “bollito”, la “coquito” y “Marujita, la rosita en botón de la primavera”, o el grupo “cambalache” en pleno, todos ellos a quienes también aprendimos a conocer a través de tus canciones.

Siento que el canto y obra del Jilguero del Huascarán sigue vigente, lo hemos visto en los músicos y cultores honestos de la capital y del interior de nuestra patria que no renuncian a ver a nuestro suelo limpio y esperanzado en mejores tiempos. En los que estudian con responsabilidad y seriedad nuestras culturas, en los que llaman a las cosas por su nombre sin eufemismos, ni generalidades que confunden. Ernesto Sánchez Fajardo, hoy aún se escuchan tus canciones en los sindicatos, en las universidades, en las fiestas pueblerinas, también en los Bares y Centros Culturales, en las casas familiares, y las bandas de rock también musicalizan tus canciones y hacen suyo tu trabajo, y como expresión de elevada belleza, estás presente en los coros de niños que desde las escuelas iniciales hemos visto que te rinden homenajes, adoptándote como un padre o un abuelo cultural, en todos ellos tu legado, junto al de otros que le cantaron con honestidad a nuestros pueblos, esta vivo y se hace más vigente que nunca .

Muchas gracias.


martes, 20 de julio de 2010

LEY DE CREACIÓN DEL MINISTERIO DE CULTURA

Por ser un tema impostergable el cual podría marcar un cambio en verdad estructural en nuestra patria, les comparto el proyecto de Ley del Ministerio de la Cultura aprobado, para conocimiento y valoración necesaria.
Ojalá pueda ser el inicio de otra mirada hacia nuestra patria desde el Estado, más inclusiva, justa, culta, en definitiva, más Humana.
Saludos.

TEXTO SUSTITUTORIO
23 DE JUNIO DE 2010
17: 30 p.m.
LEY DE CREACIÓN DEL MINISTERIO DE CULTURA
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1o.- Objeto de la ley
La presente ley crea el Ministerio de Cultura, define su naturaleza jurídica y áreas programáticas de acción, regula las competencias exclusivas y compartidas con los gobiernos regionales y locales; y establece su estructura orgánica básica.
Artículo 2°.- Creación y naturaleza jurídica
Créase el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público. Constituye pliego presupuestal del Estado.
Artículo 3°.- Sector Cultura
El sector cultura comprende al Ministerio de Cultura, las entidades a su cargo, las organizaciones públicas del nivel nacional y otros niveles de gobierno que realizan actividades vinculadas a su ámbito de competencia, incluyendo a las personas naturales o jurídicas que realizan actividades vinculadas al sector cultura.
El sector cultura considera en su desenvolvimiento a todas las manifestaciones culturales del país que reflejen la diversidad pluricultural y multiétnica.
TÍTULO II
ÁREAS PROGRAMÁTICAS DE ACCIÓN, COMPETENCIAS Y FUNCIONES
CAPÍTULO I
ÁREAS PROGRAMÁTICAS DE ACCIÓN
Artículo 4°.- Áreas programáticas de acción
Las áreas programáticas de acción sobre las cuales el Ministerio de Cultura ejerce sus competencias, funciones y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado son las siguientes:
a) Patrimonio cultural de la Nación, material e inmaterial
b) Creación cultural contemporánea y artes vivas
c) Gestión cultural e industrias Culturales
d) Pluralidad étnica y cultural de la Nación
CAPÍTULO II
COMPETENCIAS EXCLUSIVAS Y COMPARTIDAS
Artículo 5°.- Competencias exclusivas
El Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional en:
a) Formulación, planeación, dirección, coordinación, ejecución, supervisión, evaluación y fiscalización de las políticas nacionales y sectoriales del Estado en materia de cultura, aplicable y de cumplimiento en todos los niveles de gobierno y por todas las entidades del Sector Cultura.
b) La formulación de planes, programas y proyectos nacionales en el ámbito de su sector para la promoción, defensa, protección, difusión y puesta en valor de las manifestaciones culturales.
c) El dictado de normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política sectorial, la gestión de los recursos del Ministerio de Cultura y para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, la sanción, fiscalización y ejecución coactiva en las materias de su competencia.
d) En el seguimiento y evaluación respecto del desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local sobre sus áreas programáticas de acción y la Política de Estado en materia de cultura.
e) En la aplicación de las políticas nacionales en materia de cultura considerando a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y organismos privados que operan en el campo de la cultura.
f) Implementación y administración del sistema de registros nacionales relativo a los bienes de patrimonio cultural, creadores, productores de arte, de especialidades afines, de las manifestaciones culturales; y de personas naturales y jurídicas que realizan actividades culturales.
g) En el fortalecimiento de las capacidades de gestión y promoción cultural a nivel nacional, regional y local.
h) En la promoción de la participación activa de las diversas organizaciones u organismos de la sociedad peruana en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes y programas nacionales en materia cultural.
i) En la promoción de la creación cultural en todos sus campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales.
j) En el diseño, conducción y supervisión de los sistemas funcionales en el ámbito de la cultura asegurando el cumplimiento de las políticas públicas sectoriales de acuerdo a las normas de la materia.
k) Las demás que señala la ley.
Artículo 6°.- Competencias compartidas
El Ministerio de Cultura ejerce las siguientes competencias compartidas con los gobiernos regionales y/o gobiernos locales, según corresponda:
a) Con los gobiernos regionales en materia de patrimonio cultural, creación y gestión cultural e industrias culturales: Dictar normas y lineamientos técnicos para la protección, defensa, conservación, difusión y puesta en valor del patrimonio cultural de la nación; y la promoción, desarrollo de mecanismos, estrategias y programas en coordinación con los gobiernos locales, con criterios de interculturalidad.
b) Con los gobiernos locales en materia de patrimonio cultural, creación y gestión cultural e industrias culturales: Prestar apoyo técnico y coordinar las acciones para la defensa, conservación, promoción, difusión y puesta en valor de los monumentos integrantes del patrimonio cultural de la nación.
Corresponde ejercer a los gobiernos regionales y gobiernos locales, en su respectiva jurisdicción, aquellas funciones previstas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Ley Orgánica de Municipalidades. El ejercicio de dichas funciones debe guardar concordancia con las normas y políticas nacionales y sectoriales que dicte el Ministerio de Cultura.
CAPÍTULO III
FUNCIONES EXCLUSIVAS Y COMPARTIDAS
Artículo 7°.- Funciones exclusivas
El Ministerio de Cultura cumple con las siguientes funciones exclusivas respecto de otros niveles de gobierno:
a) Coordinar la implementación de la política nacional de su competencia con los demás sectores, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.
b) Realizar acciones de declaración, a investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación.
c) Fomentar las artes, la creación y el desarrollo artístico a través de la organización, conducción, supervisión y evaluación de acciones públicas orientadas a tal fin, propiciando la presencia de las diferentes organizaciones culturales, facilitando el acceso de la población a las mismas, promoviendo las iniciativas privadas que coadyuven al cumplimiento de los fines del Sector.
d) Convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país.
e) Propiciar la participación de la población, las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades en la gestión de protección, conservación y promoción de las expresiones artísticas, las industrias culturales y el patrimonio cultural material e inmaterial de la nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional.
f) Formular, proponer, ejecutar y establecer los planes, estrategias y acciones en materia de promoción cultural.
g) Formular recomendaciones en materia de formación cultural, y fomento a la lectura al sistema educativo nacional.
h) Desarrollar acciones de producción, emisión y difusión de programas de radio y televisión con el fin de promover las expresiones multiétnicas y pluriculturales de la nación para coadyuvar la integración de todos los peruanos y afirmar nuestra identidad nacional.
i) Garantizar la libertad de información y expresión a través de los medios de comunicación del Estado y promover la participación de la sociedad creando espacios para que se emitan libremente opiniones y propuestas, con el objeto de fortalecer la democracia y una cultura de respeto y paz.
j) Organizar técnica y sistemáticamente el Patrimonio Documental de la Nación, supervisar y evaluar el funcionamiento de los archivos integrantes del Sistema Nacional de Archivos.
k) Planificar, concertar, articular y coordinar con los niveles de gobierno que corresponda las actividades de fomento, asistencia técnica, apoyo y consulta popular para el desarrollo integral de los pueblos andinos, amazónicos y afroperuano.
l) Coordinar acciones para culminar con el proceso de saneamiento físico legal territorial de los pueblos andinos, amazónicos y afroperuano, dentro del marco de la Constitución Política del Perú y los tratados internacionales sobre pueblos indígenas.
m) Cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con el ámbito de su competencia, ejerciendo la potestad sancionadora correspondiente. Está facultado para exigir coactivamente el pago de acreencias o la ejecución de obligaciones, conforme a la ley especial sobre la materia.
n) Establecer las instancias de carácter permanente y los mecanismos apropiados que aseguren el derecho de todo ciudadano a vigilar y participar en la gestión del Ministerio de Cultura, en especial el acceso a la información pública.
o) Presentar anteproyectos de normas ante el Presidente de la República y ante el Consejo de Ministros sobre las materias a su cargo.
p) Coordinar con las entidades del Poder Ejecutivo y con la colaboración de otras entidades competentes, las acciones y actuaciones en el exterior que correspondan, en el ámbito de cultura, orientadas a la difusión, protección, recuperación y repatriación de los bienes de patrimonio cultural y la promoción cultural en el exterior.
q) Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores, su participación en reuniones y negociaciones internacionales en el ámbito de la cultura, así como su opinión sobre los Convenios Internaciones bilaterales y Multilaterales.
r) Coordinar con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo en la elaboración y ejecución de la política de promoción del turismo cultural.
s) Gestionar y canalizar la cooperación técnica internacional destinada al desarrollo la cultura y el arte, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia.
t) Promover la suscripción de la cooperación nacional e internacional reembolsable y no reembolsable, a través de las Entidades competentes y conforme a las normas vigentes.
u) Establecer mecanismos o sistemas de coordinación intersectorial con las entidades involucradas en las actividades de su competencia.
v) Otras establecidas por ley.
Artículo 8°.- Funciones compartidas
En el marco de sus competencias el Ministerio de Cultura cumple las siguientes funciones compartidas con los gobiernos regionales y locales:
a) Promover una cultura de respeto y acceso a los derechos culturales, libertad de creencias y de creación intelectual, artística, técnica y científica.
b) Promover el registro, la investigación, preservación, conservación, difusión y puesta en valor del patrimonio cultural material e inmaterial, arqueológico, histórico y artístico, documental y bibliográfico, plástico, musical, popular y tradicional, el folclor, las industrias culturales y patrimonio documental y bibliográfico de la nación con la participación de las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades.
c) Fomentar la creación científica y literaria, de lectura y el conocimiento del patrimonio bibliográfico y documental de la nación, promoviendo el desarrollo y protección de la industria editorial del libro y los productos editoriales afines, como estímulos que propicien y difundan la creatividad Intelectual, el conocimiento y la cultura.
8.1. Con los gobiernos regionales:
a) Coordinar la promoción, difusión y puesta en valor las manifestaciones artísticas y culturales regionales.
b) Dictar lineamientos técnicos para el diseño, ejecución y evaluación de los programas de desarrollo de la cultura en concordancia con la política nacional con el reconocimiento y respeto a la diversidad cultural y para el desarrollo integral de los pueblos andinos, amazónicos y afroperuano.
c) Coordinar acciones orientadas a la promoción, del fortalecimiento de la identidad nacional, sin distinciones ni exclusiones.
d) Dictar lineamientos y coordinar acciones para la suscripción de contratos, convenios o acuerdos de cooperación interinstitucional con entidades públicas o privadas.
e) Prestar apoyo para la protección, conservación y promoción del patrimonio cultural regional y local, en coordinación con los gobiernos locales y los organismos correspondientes.
f) Fomentar la afirmación de la identidad nacional y promover el desarrollo cultural, a través del diálogo intercultural y el reconocimiento de la diversidad cultural entre los peruanos.
g) Estudiar los usos y costumbres de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano como fuente de derecho, buscando su reconocimiento formal.
8.2. Con los gobiernos locales:
a) Coordinar la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación, dentro de su jurisdicción y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos.
b) Coordinar acciones para organizar y sostener los centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en las provincias, distritos y centros poblados.
c) Prestar apoyo para promover las manifestaciones culturales de la localidad.
d) Coordinar con los organismos regionales y nacionales competentes para la identificación, registro, control, conservación y restauración de los bienes del patrimonio cultural de la nación.
e) Coordinar acciones para promover la consolidación y el fortalecimiento de la identidad nacional.
f) Promover el desarrollo cultural, a través del diálogo intercultural y el reconocimiento de la diversidad cultural entre los peruanos y para la protección a la diversidad biológica y los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas.
TÍTULO III
ORGANIZACIÓN DEL MINISTERIO
CAPÍTULO I
ESTRUCTURA ORGÁNICA
Artículo 9°.- Estructura orgánica
La estructura orgánica del Ministerio de Cultura se rige de conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la presente Ley. Las funciones y atribuciones específicas de toda la estructura orgánica del Ministerio de Cultura se regulan por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura.
Artículo 10o.- Estructura orgánica básica
El Ministerio de Cultura tiene la siguiente estructura básica:
a) ALTA DIRECCIÓN.- Está conformada por:
Ministro.
Viceministro de Patrimonio Cultural e industrias Culturales.
Viceministro de Interculturalidad.
Secretario General.
La Alta Dirección del Ministerio de Cultura, cuenta con un gabinete de asesoramiento especializado para la conducción estratégica de las políticas a su cargo y para la coordinación con el Congreso de la República.
b) ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL.- Es la unidad especializada responsable de llevar a cabo el control gubernamental en el Ministerio de Cultura y se regula conforme a la ley y normativa sobre la materia. Está ubicado en el mayor nivel jerárquico de la estructura del Ministerio.
c) ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA.- El Ministerio cuenta con oficinas generales destinadas al cumplimiento de sus funciones sustantivas, se crean mediante Decreto Supremo y están conducidas por un Jefe designado mediante Resolución Ministerial.
d) ÓRGANOS DE LÍNEA.- El Ministerio cuenta con las Direcciones Generales que proponen y ejecutan las políticas públicas del sector Cultura, se crean mediante Decreto Supremo y están conducidas por un Director General designado mediante Resolución Ministerial.
Artículo 11°.- Adscripción de Organismos Públicos
Los organismos públicos adscritos al Ministerio de Cultura se regulan de conformidad a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, sus normas y correspondiente reglamento de organización y funciones, conforme al ordenamiento jurídico de la descentralización.
Los organismos públicos adscritos al Ministerio de Cultura son los siguientes:
1. Instituto Nacional de Cultura - INC
2. Biblioteca Nacional del Perú.
3. Instituto de Radio y Televisión Peruana.
4. Academia Mayor de la Lengua Quechua.
5. Archivo General de la Nación.
6. Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano.
Artículo 12°.- De las Comisiones del Ministerio de Cultura
Las Comisiones Sectoriales, Multisectoriales y Consultivas que están integradas al Ministerio de Cultura se regulan de conformidad a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, su norma de creación y su respectivo reglamento. La conformación de cualquier tipo de comisión es a propuesta del Ministerio de Cultura o de cualquier entidad pública o privada en materia de cultura.
CAPÍTULO II
FUNCIONES DE LA ALTA DIRECCIÓN
Artículo 13o.- Del ministro
El Ministro de Cultura, con arreglo a la Constitución Política del Perú es la más alta autoridad política del sector. Le compete:
a) Orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales a su cargo.
b) Dirigir y supervisar las acciones de los organismos públicos bajo su competencia.
c) Establecer las mediciones de gestión del Ministerio y las entidades de su Sector y evaluar su cumplimiento.
d) Mantener relaciones con los gobiernos regionales y locales y convocar a reuniones sectoriales en el ámbito de las competencias atribuidas a su sector.
e) Las demás que la Constitución Política del Perú, las leyes y el Presidente de la República le asignen.
Artículo 14°.- Del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
El Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales es la autoridad inmediata al ministro en asuntos de patrimonio cultural e industrias culturales, que comprende, además, los patrimonios arqueológicos y monumentales y el fomento cultural. Es nombrado mediante resolución suprema y representa al ministro en los actos y gestiones que le sean encomendados. Por encargo del Ministro ejerce las siguientes funciones:
a) Formular, coordinar, ejecutar y supervisar !a política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas al patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del patrimonio cultural de la nación, de conformidad con la respectiva política nacional.
b) Formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas relacionadas con el fomento de las artes vivas, el cuidado del patrimonio artístico de la nación, la promoción de la creación artística y el desarrollo de las industrias culturales.
c) Orientar y supervisar la gestión, defensa, declaración, protección, investigación y promoción de los bienes de patrimonio cultural, a cargo del Estado.
d) Promover el fortalecimiento y capacitación de todos los elencos artísticos adscritos al Ministerio de Cultura y su promoción dentro y fuera del país. Disponer la programación, ubicación y uso de locales, concursos, evaluaciones y demás aspectos referidos a la calificación y, atender, previa calificación, las demandas de promoción y auspicio de las instituciones privadas.
e) Las demás que le asigne la ley y el reglamento de organización y funciones.
Artículo 15°.- Del Viceministro de Interculturalidad
El Viceministro de Interculturalidad es la autoridad inmediata al ministro en asuntos de interculturalidad e inclusión de las poblaciones originarias. Es nombrado por resolución suprema y representa al ministro en los actos y gestiones que le sean encomendados. Por encargo del ministro ejerce las siguientes funciones:

a) Promover y garantizar el sentido de la igualdad social y respeto a los derechos de los pueblos del país de conformidad con el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.

b) Formular políticas de inclusión de las diversas expresiones culturales de nuestros pueblos y generar mecanismos para difundir una práctica intercultural en el conjunto de la sociedad peruana, sustentada en una cultura de paz y solidaridad. Se recoge todos los conocimientos ancestrales en ciencia y tecnología.

c) Proponer mecanismos para evitar cualquier tipo de exclusión o discriminación de los diferentes pueblos del país, asegurando la construcción de una identidad nacional.

d) Coordinar, orientar y supervisar las actividades que cumplen los órganos del ministerio, los organismos públicos y demás entidades correspondientes al sector, para promover la construcción de políticas que permitan conocernos mejor y que reconozcamos las diversas culturas que existen en nuestro país, que su respeto y valoración permitan construir una ciudadanía inter-cultural.

e) Formular, ejecutar y supervisar políticas y normas que promuevan prácticas vigilantes para evitar expresiones de discriminación contra los ciudadanos y pueblos del país.

f) Emitir resoluciones viceministeriales en los asuntos que le corresponden conforme a Ley.

g) Las demás que le asigne la ley y el reglamento de organización y funciones.

Artículo 16°.- Del Secretario General
El secretario general asiste y asesora al ministro en los sistemas de administración del Ministerio de Cultura. Puede asumir, por delegación expresa del ministro, las materias que correspondan a este y que no sean privativas del cargo de ministro de Estado. Está encargado de supervisar la actualización permanente del portal de transparencia del Ministerio.
CAPÍTULO III
DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA Y DE LÍNEA
Artículo 17º.- Órganos de administración interna
Los órganos de administración interna se organizan mediante oficinas generales con la finalidad de cumplir con las funciones de planeamiento, presupuesto, asesoría jurídica, recursos humanos, comunicación, gestión de medios materiales y demás que sean necesarios para el mejor cumplimiento de las funciones sustantivas del Ministerio.
Artículo 18ª.- Órganos de línea
Los órganos de línea se organizan mediante direcciones generales necesarias para proponer y ejecutar políticas públicas de cultura. Las direcciones generales realizan las funciones sustantivas a cargo de la entidad, en coordinación directa con los gobiernos regionales y locales respectivos.
TÍTULO IV
ARTICULACIÓN Y COORDINACIÓN INTERGUBERNAMENTAL
Artículo 19°.- Mecanismos de articulación con otros niveles de gobierno
El Ministerio de Cultura coordina con los gobiernos regionales y locales y con otros organismos del Estado, la implementación de las políticas nacionales y sectoriales y la evaluación de su cumplimiento, a través de los siguientes mecanismos:
a) Desarrollo de sistemas de información y mecanismos que contribuyan al cumplimiento de las competencias compartidas en materia de cultura.
b) Facilita a los gobiernos regionales y locales la información que requieran para el adecuado ejercicio de sus respectivas competencias en estas materias. Los gobiernos regionales y locales entregan los datos, registros o documentos que produzcan o posean para el cumplimiento de las funciones del Sector Cultura.
c) Implementar un sistema de seguimiento y evaluación del cumplimiento de las políticas nacionales, sectoriales, y evaluar el cumplimiento de las normas en materia de cultura, el cual debe considerar la participación directa del Ministro, Viceministros, órganos de línea, presidentes regionales, alcaldes y sus órganos en las materias que son competentes.
d) Orientar y prestar apoyo técnico a los Gobiernos Regionales para el adecuado cumplimiento de las funciones descentralizadas y de los Planes Estratégicos Regionales.
e) Proporcionar a los gobiernos regionales y locales la cooperación, capacitación y la asistencia técnica que éstos requieran para el ejercicio de las competencias transferidas.
f) Celebrar convenios interinstitucionales con los gobiernos regionales y locales para el mejor cumplimiento de las funciones del Ministerio de Cultura.
g) Otros mecanismos de articulación y coordinación que considere pertinente.
Artículo 20°.- Órganos de Coordinación de los Gobiernos Regionales y Municipalidades
Los gobiernos regionales y las municipalidades aseguran dentro de su organización interna la conformación de órganos especialmente dedicados o conformados para el cumplimiento de las políticas sectoriales de cultura, a la coordinación con el Sector Cultura y aplicación de la presente ley.
TÍTULO V
RÉGIMEN ECONÓMICO, FINANCIERO Y LABORAL
Artículo 21°.- Régimen económico y financiero
Los recursos del Ministerio de Cultura están constituidos por:
a) Los asignados por la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público.
b) Los recursos directamente recaudados.
c) Las donaciones y transferencias que en su favor efectúen las instituciones y organismos públicos así como las personas naturales o jurídicas privadas.
d) Los recursos provenientes de la cooperación nacional e internacional reembolsables y no reembolsables.
e) Los fondos que existan en favor de las artes, la investigación científica, el desarrollo de proyectos culturales y de puesta en valor de bienes del patrimonio cultural de la Nación.
f) Otros que se establezcan conforme a ley.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
PRIMERA.- Procedimientos administrativos
Hasta que se apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Cultura, mantienen su vigencia los procedimientos aprobados en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades que fusionadas o adscritas al Ministerio, así como aquellas funciones transferidas.
SEGUNDA.- Régimen laboral
El régimen laboral del personal del Ministerio de Cultura se rige de conformidad con las normas especiales sobre la materia y de las disposiciones que el Poder Ejecutivo emita para tal fin. Como consecuencia de la fusión de las entidades se debe garantizar los derechos laborales de los servidores.
TERCERA.- Reconocimiento y pago de sentencias
El Ministerio de Cultura asume el reconocimiento y pago de las sentencias consentidas y ejecutoriadas, cargas y obligaciones de los organismos públicos fusionados o adscritos al Ministerio de Cultura, para lo cual se autoriza al Gobierno Central a tomar las medidas necesarias para tal fin.
CUARTA.- Disposiciones para la implementación del Ministerio
Facúltase al Ministerio de Cultura a emitir las disposiciones complementarias que se requieran para la adecuada implementación de la presente Ley, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA.- Fusión de Organismos Públicos.
El Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de noventa (90) días contados desde el día siguiente de publicada la presente Ley, aprobará las fusiones de los organismos públicos adscritos al Ministerio de Educación, Ministerio de Justicia y Presidencia del Consejo de Ministros y la de sus órganos, programas, proyectos y/o unidades ejecutoras que correspondan ser transferidos al nuevo Ministerio de Cultura.
SEGUNDA.- Autorización de modificaciones presupuestarias durante el proceso de fusión
El Poder Ejecutivo propone, de acuerdo a Ley, las modificaciones presupuestarias, a nivel institucional, que sean necesarias como consecuencia de las fusiones y transferencia de funciones que se realice para la implementación del Ministerio de Cultura, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.
TERCERA.- Creación de Unidades Ejecutoras en el proceso de fusión
El Ministerio de Cultura propondrá a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, durante el año fiscal 2010, la creación de las Unidades Ejecutoras que resulten necesarias.